Descripción del documento
MODELO DE CONTRATO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS
Modelo de contrato de transporte de mercancías redactado conforme la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías.
Mediante el citado contrato una persona (el porteador) se obliga ante otra (el cargador) a transportar de un origen a un destino una mercancía por un precio acordado entre las partes.
¿QUÉ ES LO QUE CONTIENE EL PRESENTE MODELO?
El presente modelo de contrato contiene lo siguiente:
- Caratula;
- Objeto,
- Derechos y responsabilidades del Cargador y el Porteador;
- Precio;
- Itinerario;
- Descripción de las mercancías;
- Carta de porte;
- Otras clausulas.
Al modelo se adjunta como Anexo I la Guía europea de sujeción de cargas que contiene las reglas de carga básicas. La observancia de tales reglas garantizará que el transporte será llevado minimizando el riesgo de accidentes relacionados o provocados por la carga de forma directa o indirecta. El modelo del contrato incluye ciertas normas imperativas establecidas en la ley en cuanto a las responsabilidades que asume, principalmente el Porteador.
OTRAS ALTERNATIVAS DEL CONTRATO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS
Como alternativa a este tipo de contrato se puede usar una simple orden de compra. En la misma debe de constar el nombre del Porteador, el Cargador, destinatario, lugar y entrega de las mercancías, documentos anexos si los hubiera. Igualmente, la orden de compra debe de contener el precio y la descripción de las mercancías.
Por último poner de manifiesto que con respecto al contrato que nos ocupa, existe acción directa prevista en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 9/2013 de 4 de julio. Conforme la citada norma: “En los supuestos de intermediación en la contratación de transportes terrestres, el porteador tendrá acción contra el cargador principal y todos los que, en su caso, le hayan precedido en la cadena de la subcontratación, hasta el importe que estos adeuden a quienes les han sucedido al tiempo de la reclamación”.
Actualizado a 20.01.2023.
Derecho5d,
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