Descripción del documento
DECLINATORIA EN EL JUICIO CAMBIARIO
Modelo de declinatoria en el juicio cambiario redactado de conformidad con el art. 820, 58, 63, 64 y 65 de la Ley 1/2000 de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil.
Procede presentar la demanda cuando concurran las siguientes circunstancias:
- Demanda de juicio cambiario admitida a trámite;
- Notificación de la demanda al demandado;
- Que no haya expirado el plazo para interponer la declinatoria;
- Falta de competencia territorial del Juzgado que entiende del cambiario.
¿CUÁL ES EL PLAZO PARA INTERPONER LA DECLINATORIA?
El plazo para interponer la declinatoria es de 10 días desde la fecha de la notificación (art. 64 de la LEC). El computo empieza al día siguiente de la notificación y del mismo se excluyen los días inhábiles. Son inhábiles los sábados, domingos, los días festivos nacionales o locales, los días del mes de agosto y los días 24 de diciembre y 6 de enero (art. 130 y 133 de la LEC).
¿CUÁL ES EL JUZGADO COMPETENTE PARA ENTENDER DEL JUICIO CAMBIARIO?
El Juzgado competente para entender del juicio cambiario es el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del demandado.
¿QUÉ ES LO QUE CONTIENE EL ESCRITO DE DECLINATORIA EN EL JUICIO CAMBIARIO?
El presente modelo contiene lo siguiente:
- Caratula;
- Breve resumen de lo que se pide en el escrito;
- Fundamentos jurídicos;
- Suplico al Juzgado;
- Otrosí digo sobre subsanación de posibles errores al amparo del 231 de a Ley 1/2000 de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil.
EFECTO
El efecto que surte el escrito mediante el cual se denuncia la competencia del Juzgado que entiende del juicio cambiario es que suspende el procedimiento, por tanto, se suspenden igualmente todos los embargos acordados. En caso de estimación de la declinatoria el Juzgado da traslado de las actuaciones al Tribunal competente territorialmente.
Podrán descargar más documento de la sección juicio cambiario.
Actualizado a 05.02.2023.
Derecho5d
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