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DEMANDA DE JUICIO CAMBIARIO CON ACUMULACION OBJETIVA DE ACCIONES

DEMANDA DE JUICIO CAMBIARIO CON ACUMULACION OBJETIVA DE ACCIONES

15.00 con IVA

Demanda de juicio cambiario con acumulación objetiva de acciones redactada de acuerdo con los art. 71 y siguientes, y los art. 819 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Actualizado a 05.11.2023

 

Descripción del documento

DEMANDA DE JUICIO CAMBIARIO CON ACUMULACIÓN OBJETIVA DE ACCIONES

Modelo de demanda de juicio cambiario con acumulación objetiva de acciones redactada al amparo de las previsiones legales contenidas en los art. 819 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil.

Para la admisión a trámite de la demanda, la parte que la interpone tiene que presentar y adjuntar letra de cambio, cheque o pageré que reúnan los requisitos previstos en la Ley Cambiaria y de Cheque.

Presentada la demanda y tras su admisión a trámite, el Juzgado requiere al demandado para que comparezca, pague o se oponga a la reclamación. El plazo para la oposición es igualmente de 10 días desde la recepción del requerimiento.

Cabe mencionar que los plazos en materia procesal civil excluyen los días inhábiles. Son días inhábiles: los sábados, domingos, el día 24 de diciembre, el día 6 de enero, los días festivos, y los días de todo el mes de agosto.

Podrán descargar el modelo de oposición a la demanda de cambiario del siguiente enlace:

¿QUÉ ES LO QUE CONTIENE LA DEMANDA DE JUICIO CAMBIARIO CON ACUMULACIÓN OBJETIVA DE ACCIONES?

El presente modelo contiene lo siguiente:

  • Caratula;
  • Breve resumen de lo que se pide en el contenido del mismo;
  • Hechos;
  • Fundamentos jurídicos;
  • Suplico al Juzgado;
  • Primero otrosí digo sobre solicitud de embargo de bienes;
  • Segundo otrosí digo sobre solicitud de subsanación de errores conforme el 231 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

TRIBUNAL COMPETENTE

El Tribunal Competente para entender del juicio cambiario es el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del demandado (art. 820 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

ACUMULACIÓN OBJETIVA DE ACCIONES

En cuanto a la acumulación objetiva de acciones, deben cumplirse los requisitos legales contenidos en los art. 71 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Actualizado a 05.11.2023

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