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CESE DE ACTIVIDAD Y ABANDONO DEL CENTRO DE TRABAJO POR CORONAVIRUS

CESE DE ACTIVIDAD Y ABANDONO DEL CENTRO DE TRABAJO POR CORONAVIRUS

11.00 con IVA

Modelo de carta de cese de actividad y/o abandono del centro de trabajo por coronavirus. El documento está redactado de conformidad con el art. 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Actualizado a 22.07.2022.

Descripción del documento

CESE DE ACTIVIDAD Y ABANDONO DEL CENTRO DE TRABAJO POR CORONAVIRUS

El cese de actividad y abandono del centro de trabajo por coronavirus es un derecho que tiene todo trabajador en virtud de la normativa aplicable en materia de prevenciones de riesgos laborales.

El presente documento se podría utilizar en caso de que en el centro de trabajo haya tenido casos positivos de la enfermedad. El aviso se debe enviar a la mayor brevedad y dentro de las 24 horas desde el abandono o el cese de actividad.

¿QUÉ ES LO QUE CONTIEN EL CESE DE ACTIVIDAD Y ABANDONO DEL CENTRO DE TRABAJO POR CORONAVIRUS?

El documento contiene la siguiente información:

  • Identidad de las partes;
  • El motivo del cese de actividad;
  • La normativa que ampara la decisión del empleado de abandonar el centro de trabajo o/y el cese de actividad;
  • Fecha, lugar, firma.

¿CÓMO TENGO QUE REMITIR LA COMUNICACIÓN DEL ABANDONO O/Y EL CESE?

La comunicación se puede remitir por mail, burofax, carta certificada en mano. Existe plena libertad de efectuarla, si bien, es aconsejable que el empleado guarde el justificante de envío. Si se envía por mail, es necesario que al enviar la carta solicite aviso de recepción, y en su caso lectura del correo electrónico. Si se envía por burofax, se pide certificado de entrega y contenido. En caso de entrega en mano, se debe pedir una copia de recibí por parte del empleador.

NORMATIVA APLICABLE

El documento está redactado al amparo del art. 21 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevenciones de Riesgos Laborales, según el cual: De acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del artículo 14 de la presente Ley, el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud.

Igualmente podrán descargar los siguientes documentos:

Actualizado a 22.07.2022.

El equipo de Derecho5d,

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