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DEMANDA DE MODIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS DEFINITIVAS A INSTANCIA DE PARTE

DEMANDA DE MODIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS DEFINITIVAS A INSTANCIA DE PARTE

15.00 con IVA

Modelo de demanda de modificación de las medidas definitivas acordadas en una sentencia de separación o de divorcio, a instancia de parte. Art. 775 de la LEC y el art. 90.3 del Código Civil. Fácil descarga en word editable.

Actualizado a 25.06.2023

 

Descripción del documento

DEMANDA DE MODIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS DEFINITIVAS A INSTANCIA DE PARTE

Modelo de demanda de modificación de las medidas definitivas a instancia de parte redactado de conformidad con los art. 775 de la Ley 1/2000 de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil (LEC) y el art. 90.3 del Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil (Código Civil).

De conformidad con la citada normativa, las medidas definitivas acordadas en una sentencia de separación o de disolución del matrimonio por divorcio podrán ser modificadas en caso de que varíen las circunstancias que han motivado su adopción. Normalmente se trata de cambio en las circunstancias patrimoniales o personales de los excónyuges o algún cambio que afecta a los mismos hijos.

Presupuestos para presentar el presente modelo:

  • Sentencia de divorcio o separación con medidas definitivas;
  • Que haya habido cambios en las circunstancias personales o patrimoniales de las partes que justifiquen el cambio de medidas que se interesa;
  • Imposibilidad de alcanzar un acuerdo entre las partes.

En caso de que la modificación de las medidas afecte a hijos menores de edad interviene el Ministerio Fiscal.

¿QUÉ ES LO QUE CONTIENE EL MODELO DE DEMANDA DE MODIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS DEFINITIVAS A INSTANCIA DE PARTE?

El presente modelo contiene:

  • Caratula;
  • Descripción de la demanda que se formula;
  • Hechos;
  • Fundamentos jurídicos;
  • Suplico al Juzgado;
  • Otrosí digo sobre subsanación de posibles errores al amparo del 231 de la LEC.

¿CUÁL ES EL TRIBUNAL COMPETENTE PARA ENTENDER DE LA DEMANDA?

Es Tribunal competente el Juzgado que dictó la sentencia de separación o divorcio. Según el art. 775.1 de la LEC: „El Ministerio Fiscal, habiendo hijos menores o hijos con discapacidad con medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores y, en todo caso, los cónyuges, podrán solicitar del Tribunal que acordó las medidas definitivas, la modificación de las medidas (…) “

Podrán descargar más escritos como este de la subcategoría procesos especiales.

Actualizado a 25.06.2023

 

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