Descripción del documento
DEMANDA DE DESAHUCIO POR TERMINACIÓN DEL CONTRATO Y RECLAMACIÓN DE CANTIDAD
El modelo de demanda de desahucio por terminación del contrato y reclamación de cantidad se puede presentar cuando concurran las siguientes circunstancias:
- Contrato de arrendamiento de vivienda habitual o de uso distinto del de la vivienda;
- El contrato haya llegado a su termino conforme las reglas sentadas en la ley o/y en el contrato;
- Hay incumplimiento de obligaciones de pago por parte del arrendatario (rentas o/y otros gastos estipulados en el contrato);
- El arrendatario se niega a desalojar la finca voluntariamente y tampoco atiende los requerimientos de pago extrajudiciales.
El documento se puede utilizar tanto para arrendamientos de viviendas como para arrendamientos de locales de negocios o que se hayan suscrito con una finalidad distinta a la vivienda habitual del arrendatario. El usuario tiene que prestar atención en la parte fundamentos jurídicos sobre el fondo a las notas con respecto a la aplicabilidad de los artículos a las dos modalidades de arrendamiento (arrendamiento de vivienda y uso distinto).
CONTENIDO DE LA DEMANDA DE DESAHUCIO POR TERMINACIÓN DEL CONTRATO Y RECLAMACIÓN DE CANTIDAD
El presente modelo de demanda contiene el siguiente contenido:
- Carátula;
- Parte en la que se precisa la acción que se ejercita y se indica frente a quién se interpone;
- Hechos;
- Fundamentos jurídicos;
- Suplico;
- Otrosí primero: subsanación de errores;
- Otrosí segundo: aportación de datos adicionales de contacto de la parte demandada.
¿PROCEDE EL PAGO DE TASA JUDICIAL?
La tasa judicial es un impuesto que grava toda presentación de la demanda según la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, (art. 2 „Constituye el hecho imponible de la tasa el ejercicio de la potestad jurisdiccional originada por el ejercicio de los siguientes actos procesales: a) La interposición de la demanda en toda clase de procesos declarativos “). No obstante, la ley en su art.4 establece ciertas exenciones, de carácter objetivo y subjetivo. Las demandas de desahucio no entran en las exenciones objetivas, si bien, si se presentan por cualquier persona física o por aquellas personas jurídicas con derecho a asistencia judicial gratuita, no procede pagar la tasa.
Igualmente podrán descargar demanda de desahucio por terminación del contrato.
Actualizado a 13.10.2023
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