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El Agente es una de las partes en el contrato de agencia. Es la parte que se obliga a comercializar ciertos productos o servicios, según la encomienda del empresario con el cual celebra el contrato. Salvo pacto en contrario, que debe estar plasmado por escrito, el Agente tiene derecho a ejercer la actividad por cuenta de varios empresarios. Lo que caracteriza está figura es la total independencia del empresario. No se considerarán Agentes, personas que tiene una relación laboral con el empresario por cuya cuenta actúan.

REMUNERACIÓN DEL AGENTE

La remuneración puede ser:

  • Una cantidad fija;
  • Comisión variable;
  • Sistema mixto que incluya cantidad fija y comisión variable.

De acuerdo con el art. 14 de la Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia: La comisión se devengará en el momento en que el empresario hubiera ejecutado o hubiera debido ejecutar el acto u operación de comercio, o éstos hubieran sido ejecutados total o parcialmente por el tercero “.

DERECHOS Y OBLIGACIONES

La principal obligación del Agente es promover actos de comercio por cuenta de un tercero, de conformidad con los términos contractuales y la buena fe. Salvo pacto en contrario, está obligado a abonar los gastos en los que incurra con motivo la comercialización de los respectivos servicios o productos, objeto del contrato de agencia. Su principal derecho es el cobro de la respectiva remuneración. Una vez terminado el contrato, y siempre y cuando el Agente haya contribuido a la ampliación del negocio de la empresa de forma significativa, tendrá derecho a recibir una indemnización por clientela. Su importe no puede exceder del importe medio anual de las remuneraciones percibidas durante los últimos 5 años. Aparte de la indemnización de clientela, en caso de terminación unilateral por parte del empresario, en los contratos de agencia indefinido, el Agente tiene derecho a una indemnización por los daños y perjuicios.

Descargar modelo de contrato de agencia.

El equipo de Derecho5d,

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