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EL AGENTE Y EL COMISIONISTA

¿Cuál es la diferencia entre el Agente y el Comisionista?

Para entender un poco mejor la diferencia entre el Agente y el Comisionista, hay que partir de la diferencia entre el contrato de agencia y el contrato de comisión. En ambos contratos, una parte encomienda a otra parte que lleve a cabo ciertas gestiones que tienen como finalidad última la venta de productos o servicios, contra el pago del respectivo precio. La característica principal que distingue estos contratos es que en el contrato de comisión es como una especie de mandato y normalmente se firma para una concreta operación mercantil, mientras en el contrato de agencia no tenemos mandado y este tipo de contrato implica una relación más duradera en el tiempo.

Ambas figuras, el Agente y el Comisionista, desempeñan la misma gestión: ser intermediarios en relaciones comerciales. En ambas ocasiones, tienen derecho al pago de la respectiva comisión y en caso de fallecimiento, el contrato se extingue. No obstante, existen varias diferencias entre ellos.

Por norma general el Agente asume los gastos de gestión necesarios para llevar a cabo el negocio y actúa con cierta independencia. Aparte de ello, y salvo pacto en contrario, no asume el riesgo del negocio del empresario que le encomienda la comercialización.

En el caso del Comisionista, por norma general, es mero mandatario y no asume los gastos. Tiene derecho al pago de la provisión de fondos. Si actúa en su propio nombre, sí que asume responsabilidades frente a las terceras partes con las que concluye negocios en virtud del mandato concreto.

El Comisionista tiene derecho a rehusar el mandato, comunicándolo a la mayor brevedad mientras que el Agente, está facultado para ello, solo con el previo de un mes por año de duración del contrato.

Por último, ambas figuras se diferencian también en el hecho de que el Agente tiene derecho a indemnización por clientela en caso de terminación, mientras que el Comisionista no goza de este privilegio.

REGULACIÓN

La figura del Agente se regula en la Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia, y la del Comisionista en el Título III del Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el cual se publica el Código de Comercio.

Podrán descargar los siguientes modelos:

El equipo de Derecho5d,

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