Con carácter previo a determinar cuáles son las partes la tercería de mejor derecho conviene hacer un breve resumen de esta figura. Se trata de un incidente que se da en el seno de una ejecución, en los casos en que haya un tercero ajeno de la ejecución, quien es titular de crédito frente al ejecutado y quien considera que su crédito debe ser cobrado con preferencia en relación con el crédito del ejecutante.
El Juzgado que entiende del incidente es el Juzgado en el cual se tramita la misma ejecución (art. 61 de la Ley 1/2000 d 7 de enero de Enjuiciamiento Civil). El incidente de tercería de mejor derecho se tramita por los causes previstos para el juicio verbal. Dice expresamente el art. 617.1 de la LEC que la tercería „se sustanciará por los cauces del juicio verbal “.
Por tanto, la tercería de mejor derecho se inicia mediante la presentación de la respectiva demanda, utilizando el modelo de demanda para el juicio verbal, adaptada a la normativa aplicable al incidente concreto.
En base a ello podríamos deducir en líneas generales que las partes en tercería de mejor derecho son:
- Parte demandante;
- Y parte demandada.
Determinadas las partes, ahora conviene precisar quién tiene la legitimación activa y legitimación pasiva respectivamente.
LEGITIMACIÓN ACTIVA
Tiene la legitimación activa para interponer la tercería de mejor derecho quien afirma ser titular de crédito frente al ejecutado que es preferente en relación con el crédito que ha dado lugar a la respectiva ejecución. El titular de este crédito o el tercerista tiene que disponer de titulo acreditativo del crédito y tiene que adjuntarlo obligatoriamente a la demanda so pena de inadmisión.
LEGITIMACIÓN PASIVA
En cuanto a la legitimación pasiva, siempre es parte demanda en el incidente de tercería el ejecutante, es decir, el ejecutante siempre es demandado en el procedimiento. Pero ¿qué ocurre con el ejecutado? En primer lugar, hay que mencionar que el Juzgado siempre da traslado de la demanda de tercería al ejecutado para hacer las alegaciones que estime convenientes. No obstante, lo anterior, en algunas ocasiones el mismo ejecutado también debe ser parte en el procedimiento obligatoriamente. Se trata de los casos en que el tercerista NO dispone de título ejecutivo. En estas ocasiones el ejecutado tiene la legitimación pasiva, es demandado e interviene como tal.
NORMATIVA APLICABLE A LAS PARTES EN LA TERCERÍA DE MEJOR DERECHO
La legitimación activa y pasiva de las partes en la tercería de mejor derecho se regula en el art. 617 de la LEC.
Podrán descargar los siguientes documentos:
- Demanda de mejor derecho frente al ejecutante y el ejecutado;
- Demanda de mejor derecho frente al ejecutante.
Actualizado a 10.09.2023
El equipo de Derecho5d
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