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Las medidas cautelares en el proceso social tienen como finalidad la de asegurar el resultado de una eventual sentencia estimatoria de la demanda. Se adoptan cuando exista alguna sospecha fundada de que el demandado ejecute acto que podrían disminuir el patrimonio de la empresa de tal forma, que la misma se quede insolvente.

Estas medidas se regulan en el art. 79 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social que remite a la aplicación supletoria de la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil („Las medidas cautelares que resulten necesarias para asegurar la efectividad de la tutela judicial que pudiera acordarse en sentencia se regirán por lo dispuesto en los artículos 721 a 747 de la Ley de Enjuiciamiento Civil con la necesaria adaptación a las particularidades del proceso social  (…)“. )

MOMENTO PROCESAL DE SOLICITAR MEDIDAS CAUTELARES

Las medidas cautelares pueden solicitarse junto con la presentación de la demanda o „antes de la demanda si quien en ese momento las pide alega y acredita razones de urgencia o necesidad “(Art. 730 de la LEC).

Excepción a esta regla es el embargo preventivo que podrá solicitar en cualquier momento del procedimiento (art. 79.4 de la LRJS).

          REQUISITOS PARA SOLICITAR MEDIDAS CAUTELARES EN EL PROCESO SOCIAL

Los requisitos básicos para que el Juzgado acuerde las medidas cautelares son:

  • Peligro de que la empresa se quede insolvente;
  • Las medidas tienen que ser necesarias para asegurar la efectividad de la tutela judicial;
  • Apariencia de buen derecho.

En cuanto a la caución que se pide en el proceso civil, en el social no es preceptiva, dado que la regulación contenida en la LEC se adapta a las características de los procedimientos sociales.

AUDIENCIA AL DEMANDADO

En el proceso social siempre se da audiencia al demandado (art. 79.1 de la LRJS). De acuerdo con el art. 746 de la LEC el demandado puede optar en abonar una caución sustitutoria de la medida cautelar acordada.

Podrán descargar los siguientes modelos de escritos:

Actualizado a 10.09.2023

El equipo de Derecho5d

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